* Nuevas obligaciones a partir del 01/01/2014

Comunidades de Propietarios deberán presentar modelo 347 para informar a Hacienda sobre sus operaciones con terceras personas que superen 3.005,06 €/año

 

El Real Decreto 828/2013 publicado en el BOE el 26/10/13, el mismo que desarrolla el nuevo régimen especial del criterio de caja en el IVA, establece que con efectos de 1 enero 2014 pasan a incluirse como obligados a presentar la declaración de operaciones con terceras personas (modelo 347) “las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal”

 

https://www.boe.es/boe/dias/2013/10/26/pdfs/BOE-A-2013-11216.pdf

A partir de 2014, las Comunidades de Propietarios deberán presentar la declaración modelo 347, donde deberán informar de las operaciones con terceros (proveedores, suministradores, etc...) que hayan superado en todo el año los 3.000 euros (3.005,06.- exactamente, pues es la "traducción literal" del antiguo límite de 500.000.- ptas).

El Real Decreto 828/2013 establece que pasan a incluirse como obligados a presentar la declaración “las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal”.Hasta ahora únicamente tenían la obligación las comunidades de propietarios que desarrollaran actividades empresariales o profesionales según lo dispuesto en la normativa del IVA. Se considera que el arrendamiento es una actividad empresarial a tales efectos por lo que las comunidades que alquilan elementos comunitarios (locales, fachadas, cubiertas, etc.) ya estaban obligadas a presentar el modelo 347 para declarar ese arrendamiento, además de las correspondientes declaraciones de IVA y del modelo 184 (declaración informativa anual para imputar el rendimiento neto correspondiente a cada copropietario).

Pues bien, a partir de ahora también tendrán que presentar modelo 347 las comunidades de propietarios que no desarrollen actividades empresariales (o arrendamientos) y que realicen operaciones con terceras personas (albañiles, fontaneros, electricistas, empresas de ascensores, etc.) que durante el año superen los 3.005,06 €.

¿QUÉ OPERACIONES QUE NO DEBEN DECLARARSE?Las comunidades no tienen obligación de declarar las siguientes operaciones:
-Los suministros de energía eléctrica, agua y combustibles
-Las primas de seguros


¿QÚE DATOS SE DEBEN DECLARAR?En cuanto a los datos a conseguir para consignarlos en la declaración a presentar por las comunidades de propietarios, no pueden faltar los siguientes:•Nombre y apellidos o razón social o denominación completa•NIF o CIF•El importe total de las operaciones realizadas con cada persona o empresa durante el año (de enero a diciembre).•En su caso, se deberán hacer constar los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.¿CUANDO SE PRESENTA?La declaración modelo 347 deberá presentar durante el mes de febrero del año siguiente. Así pues, la correspondiente al 2014 deberá presentarse en febrero 2015.